



En NoSoloDerecho esperamos que tus vacaciones hayan sido geniales, pero… ¿qué ocurre si algo ha ido mal? ¿Puedes reclamar tras las vacaciones si el vuelo ha sufrido un retraso o ha habido problemas con el hotel? La respuesta es que SÍ puedes; y voy a facilitarte algunas claves a tener en cuenta para cerrar con buen final cualquier problema que puedas haberte encontrado durante tus merecidas vacaciones:
1.- Reclamar si se ha retrasado tu vuelo
- El Reglamento 261/2004 recoge los derechos de los consumidores europeos en relación a los retrasos. Pueden conseguirse indemnizaciones desde 250 hasta 600 euros. Las compensaciones dependen del retraso, de la distancia de tu vuelo, del origen y destino… y también de las alternativas que te ofrezca la compañía. Hay varias calculadoras que te permiten averiguarlo. Ante cualquier duda escríbeme y te orientaré encantado.
- En el caso de que tu vuelo se haya cancelado, la compañía debe asistirte durante el tiempo de espera y buscar unaalternativa o reembolsar el coste del billete no utilizado (excepto si lo ha comunicado con suficiente antelación). El overbooking (si venden más plazas de las disponibles y te niegan el embarque) también es susceptible de reclamación. Presenta tu reclamación ante la compañía aérea o ante AENA en este enlace: http://www.aena.es/es/pasajeros/reclamaciones.html
- Las compañías aéreas deben poner a tu disposición la correspondiente hoja de reclamaciones. También puedes reclamar por carta. En cualquier caso, redacta de forma legible, concisa y clara, y proporciona los datos concretos sobre los hechos. No olvides incluir tus datos y domicilio para que la compañía aérea pueda contestarte en el plazo de tiempo más breve posible.
2.- Reclamar por pérdida de equipaje
- La web de AENA informa en estos términos:
- «Cuando consideres que se han producido deficiencias en el cumplimiento de las condiciones de tu contrato de transporte (retrasos, pérdida o deterioro de equipajes, modificaciones de horario, deficiente calidad del servicio, escalas imprevistas, etc.), puedes escribir una carta de reclamación o utilizar para ello las hojas de reclamaciones que las compañías aéreas tienen a tu disposición.
- Tu reclamación deberá dirigirse a la compañía aérea cuando haya contratado únicamente el transporte, o a los organizadores y detallistas (agencias de viajes), cuando se trate de un vuelo realizado en el contexto de viaje combinado (…)
- Cuando consideres que la reparación de los perjuicios que haya podido ocasionar la compañía no se haya visto satisfecha a través de tu reclamación, puedes acudir a los Tribunales de Justicia para la determinación de las posibles responsabilidades e indemnizaciones que puedan corresponder«
3.- Reclamar por problemas con el hotel o el apartamento
- Gran número de reclamaciones de los consumidores tienen que ver con malas experiencias en el hotel o apartamento escogido: publicidad engañosa, suciedad, malas condiciones en general… la lista es muy larga.
- En cualquier caso, hay que distinguir entre alojamiento entre particulares o a través de una empresa. La reclamación es siempre más fácil si se trata de un hotel o empresa. En caso de relaciones entre particulares, se aplica el Código Civil, y no la legislación de consumo. En ese caso es aconsejable llegar a una solución amistosa para evitar tener que acudir a demanda judicial. Reúne siempre pruebas gráficas que apoyen tu reclamación (fotografías, folletos o correos electrónicos con servicios o prestaciones ofrecidas que no se hayan cumplido…). Si en última instancia hay que acudir a tribunales, hay que ir lo mejor preparado posible.
- Si por el contrario la mala experiencia la has tenido en hoteles o con empresas en general durante tus vacaciones, puedes presentar la correspondiente hoja de reclamaciones e incluso acudir al sistema arbitral para resolver el conflicto.
4.- Reclamar por problemas con la agencia de viajes
- Puede que hayas optado por unas vacaciones organizadas por una agencia de viajes. Estos paquetes suelen incluir alojamiento, transporte y otros servicios como excursiones. Además los precios suelen ser más ajustados.
Pero puede que aun siendo previsor, te hayas encontrado con algún problema. Ante esto debes tener en cuenta, según informa el Portal de Consumo de la Comunidad de Madrid, que:
- La responsabilidad de que se cumplan todas las obligaciones establecidas en el contrato es de los organizadores del viaje combinado y, en su caso, de los encargados de venderlo al público (…) Ante el consumidor, siempre es la agencia la que debe resolver el problema o el incumplimiento.
- Antes de contratar el viaje, la agencia debe facilitarle un folleto informativo con todos los datos necesarios, como duración y calendario del viaje; destinos, medios de transporte, características del alojamiento y número de comidas que se van a servir; documentación necesaria para el país de destino (visados, pasaporte, tarjetas sanitarias…); precio del viaje combinado y de las excursiones opcionales y condiciones de pago; cláusulas sobre cancelaciones; si se necesita un número mínimo de inscripciones para realizar el viaje y fecha límite para informarle en el caso de que se anule…
- Toda la información del folleto debe cumplirse. Sin embargo, a veces la empresa, antes de firmar el contrato, informa por escrito de la posibilidad de que algún punto se modifique. En ese caso, sí se pueden producir cambios.
- Si los cambios afectan a los precios y la empresa ha plasmado esa posibilidad en el contrato, se podrán llevar a cabo, pero siempre si se producen antes de los 20 días previos a la salida y si afectan al precio de los transportes, del carburante o a los impuestos, las tasas o los tipos de cambio. Puedes ampliar esta información pinchando aquí (punto 4)
Así que ya lo sabes, ante cualquier problema, reclama y lucha por tus derechos. Existen vías para lograr compensaciones si has tenido alguna mala experiencia durante tus vacaciones. Y si tienes cualquier duda, contacta conmigo y te orientaré encantado. ¡Un saludo! 🙂
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