Una sentencia del Tribunal Constitucional permite recuperar el dinero pagado por la plusvalía municipal. La plusvalía es inconstitucional para los casos en que se haya vendido la propiedad con pérdidas, sin ganancia o incluso con ganancias. Con la explosión de la burbuja inmobiliaria, muchos ciudadanos han vendido con pérdidas y sin embargo han debido pagar al Ayuntamiento. Te explico cómo reclamar y recuperar tu dinero y te facilito un escrito de reclamación:
1.- ¿Qué ha dicho el Tribunal Constitucional?
El Tribunal declaró inconsitucionales dos artículos de la Norma Foral de Navarra que son idénticos a la normativa estatal que regula el impuesto de la plusvalía municipal, en concreto, los artículos 104 y 107 de la Ley de Haciendas Locales.
2.- ¿Por qué la plusvalía es inconstitucional?
La sentencia afirma que el legislador no puede gravar riquezas virtuales o ficticias, que es lo que ocurre si se vende con pérdidas y se paga la plusvalía municipal: «(…) no le autoriza a gravar riquezas meramente virtuales o ficticias y, en consecuencia, inexpresivas de capacidad económica (…)». Y declara inconstitucionales los artículos «(…) en la medida que someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor». Es decir: no puede gravarse la venta de una propiedad y cobrar la plusvalía municipal si se han producido pérdidas. Jurisprudencia más reciente permite que incluso si has vendido con ganancias puedas reclamar la plusvalía municipal.
3.- Si has vendido tu propiedad con pérdidas (o sin ellas), puedes reclamar:
Si has vendido tu propiedad con pérdidas, algo muy común en estos últimos años debido a la crisis y a la explosión de la burbuja inmobiliaria, puedes reclamar el pago de la plusvalía municipal, porque afecta al principio de capacidad económica que ampara nuestra Constitución: si no hay un incremento del valor, no se produce el supuesto necesario para que se pague el impuesto. En lenguaje tributario, esto es: no hay hecho imponible. Sin hecho imponible, no se puede cobrar el impuesto. Pero además, recientes sentencias, como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid o el de Navarra, señalan que también pueden reclamar la plusvalía los que han vendido con ganancias: sigue siendo inconstitucional.
4.- ¿CÓMO PUEDO RECLAMAR? Te facilito un MODELO DE RECLAMACIÓN:
El primer paso es presentar un escrito de solicitud de rectificación y devolución de ingresos indebidos ante el ayuntamiento, que recoja la cantidad que reclamamos. Puedes presentar este escrito de reclamación haciendo click AQUÍ.
Si no aceptan devolver el dinero en el plazo oportuno, se agota la vía administrativa y habrá que demandar en vía judicial, pero con la tranquilidad de contar con una sentencia del Tribunal Constitucional. El plazo para interponer recurso es de dos meses.
**¿QUIERES RECLAMAR? HAZ CLICK AQUÍ.
***IMPORTANTE:Recuerda que, además, puedes reclamar tus gastos de hipoteca y la comisión de apertura, una media de 1.400 a 3000 euros: haz click AQUÍ.
**Descarga nuestra App gratuita: Voy a Reclamar (Móviles Android y Apple)
Mari Carmen says
Hice dación en pago de la hipoteca; el banco me obligó a poner como valor la total responsabilidad. No sólo no tuve ganancias sino q si dí la finca para pagar la hipoteca es porque me era del todo imposible pagar
Me han girado la plus valía
Como demuestro q no he tenido ganancias?
Jorge says
Hola Mari Carmen, escríbeme y lo vemos, justo ahora estoy revisando un caso similar: https://nosoloderecho.com/contactar/
rebeca says
Hola, mi madre hace unos años heredo de mi abuela y el ayuntamiento le cobró el impuesto de plusvalía por esas propiedades, ella no se lucro con ninguna de ellas, ni obtuvo ningún beneficio, se podría aplicar a este caso la sentencia? Muchas gracias.
Jorge says
Hola Rebeca, si vendió con pérdidas, claro que puede reclamar; escríbeme y lo vemos, te dejo aquí mismo el formulario de contacto: https://nosoloderecho.com/reclamar/