Tu seguro de hogar puede cubrir cosas tan inesperadas como el uso fraudulento de una tarjeta de crédito o el robo de un teléfono móvil. A veces los seguros de hogar cubren situaciones absolutamente desconocidas para los consumidores. Vamos a ver algunas de estas cosas que cubre tu seguro de hogar y que probablemente desconocías:
1.- Robo de teléfono móvil:
- En algunos casos la cobertura de nuestro seguro de hogar se extiende a situaciones y objetos fuera de nuestra propia casa. Es le ocurre con los móviles. Eso sí, debe tratarse de un robo y no un hurto y esta diferencia es importante: por ejemplo, si nos dan el típico tirón del bolso, se trataría de un robo. Pero si se trata de un hurto, como por ejemplo puede ocurrir si dejamos el móvil encima de la mesa y no nos damos cuenta de que lo sustraen, nos encontraríamos ante un hurto. Así que cuidado con los despistes.
- Comprueba que tu seguro de hogar tiene cobertura de robo. Siempre hay que interponer denuncia en la comisaría de policía y adjuntar la copia de la misma cuando nos dirigimos a nuestro seguro para reclamar el importe del teléfono móvil.
- Por otra parte, no olvides contactar con tu compañía para bloquear la tarjeta SIM; siempre es recomendable, igualmente, descargar alguna de las aplicaciones que existen para localizar tu dispositivo.
2.- Uso fraudulento de tarjetas de crédito:
- Tu seguro de hogar puede cubrir el caso de robo y hurto de tu tarjeta y su uso de manera fraudulenta (tanto en un cajero o comercio como por otros mecanismos, como la suplantación de datos).
- Eso sí: hay que ser rápidos y denunciar rápidamente los hechos: las coberturas suelen tener un máximo de 48 horas y un límite de dinero. Cuanto antes lo comuniquemos a la compañía, mucho mejor. También es recomendable contactar con la empresa que haya realizado los cobros y explicar la situación para intentar llegar a un acuerdo.
3.- Robos de bienes personales fuera del hogar:
- Al igual que en el caso de los teléfonos móviles, siempre que se produzca un robo, otros bienes como dinero en metálico, carteras, bolsos o incluso la compra recién realizada. Como siempre no olvidemos denunciar en comisaría.
4.- Los productos de la nevera si se produce un corte de luz:
- Si los alimentos refrigerados se echan a perder como consecuencia de un corte en el suministro eléctrico también podemos dirigirnos a nuestra compañía de seguros.
5.- Si tienes mascota:
- Otra de las coberturas habituales de los seguros de hogar es la responsabilidad civil en caso de que se produzcan daños. En general la responsabilidad civil frente a terceros suele estar cubierta en los seguros, siempre que no sea por culpa o negligencia del asegurado.
6.- Daños eléctricos y meteorológicos:
- Si se produce un cortocircuito, un pico de tensión y se daña algún electrodoméstico podemos dirigirnos al seguro para que cubra los daños.
- Los daños causados por fenómenos meteorológicos, como una nevada, también suelen estar incluidos.
7.- Cosas que NO suelen estar incluidas en las coberturas de seguros de hogar:
- Las joyas suelen estar excluidas o estar aseguradas con límites muy pequeños, de algunos cientos de euros. Existen seguros especiales para joyas o pueden asegurarse pagando más por nuestro seguro. Si tienes joyas, es recomendable en todo caso contar con una caja de seguridad en casa: no impedirá el robo pero seguro que lo ralentiza y lo dificulta.
- En general las obras de arte, las antigüedades y similares estarán excluidas y necesitarán una cobertura especial o un seguro aparte.
- Ojo los fumadores: la mayoría de compañías no se hará cargo de los daños producidos por un cigarro mal apagado.
¿Tienes más dudas? Contacta conmigo AQUÍ. ¡Un saludo!
Antonio says
No sabía lo del teléfono móvil 🙁 Hace poco me pasó y me compré uno.
Muchas gracias por el artículo!
Jorge says
Muchas gracias a ti por tu comentario 🙂 ¡Un saludo y quedamos a tu disposición! 🙂
Fran says
Estoy en duda si la estafa en el pago a una empresa de cuidadores para mi madre estaría cubierto por el seguro. Rescindimos el contrato en periodo de prueba y el sr. Al que pagamos por adelantado nos da largas a la hora de devolvernos la cuantía económica
Jorge says
¡Buenas tardes, Fran! Puedes enviarnos un correo a info@nosoloderecho.com para que podamos analizar el caso, con el contrato y las comunicaciones que hayáis recibido y lo analizaremos y os contactaremos cuanto antes. Si puedes valorar Nosoloderecho en Google y redes para que sigamos creando contenido interesante para empoderar a los ciudadanos, te lo agradecería mucho! 😀 Sólo debes hacer click en este enlace, gracias, un saludo y feliz jueves y quedamos a tu disposición! 🙂 https://g.page/r/CRA4vtf6AEU4EAI/review